Peajes eléctricos
Descubre todo sobre la nueva estructura de peajes y cargos
Le informamos de que recientemente se han publicado los nuevos precios de los peajes de acceso y los cargos del sistema eléctrico de aplicación en 2025, aprobados, respectivamente, por la Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la CNMC, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025 (BOE 16/12/2024) y por la Orden TED/1487/2024, de 26 de diciembre, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico.
En consecuencia, a partir, respectivamente, del 1 de enero de 2025 se aplicarán los nuevos precios de estos componentes y se verán reflejados en las facturas que se emitan de acuerdo con las condiciones generales de su contrato de suministro (Cláusula Tercera: PRECIO) y según su grupo tarifario. Esta actualización afecta únicamente a los componentes regulados aprobados por la Administración, permaneciendo inalterable el resto del precio de la energía de su contrato.
Tanto particulares como empresas, abonamos en nuestra factura diferentes conceptos:
- Peajes
- Coste de la energía
- Impuesto sobre la electricidad
- Alquiler de equipos o contadores
- IVA
- Otros
Alrededor del 40% del importe total de nuestra factura corresponde al pago de peajes y, por tanto, esta parte de la factura es la que se verá afectada.
Además, aparecerá también un concepto nuevo que se llamará “cargos” que cubren otros costes del sistema eléctrico y que explicamos más adelante.
Los peajes cubren el coste que supone el uso de las redes de transporte y distribución por donde circula la energía que llega hasta nuestros suministros, y dependen de la tensión del suministro, de la potencia y del volumen de energía consumido.
- Término de potencia (Tp): Precio fijo según la potencia que tenemos contratada.
- Término de potencia demandada (Tep): Término que se aplica en el caso de que la potencia demandada sobrepase la potencia contratada.
- Término de energía activa (Te): Precio variable según el consumo de energía activa que realizamos.
- Término de energía reactiva (Ter): Importe según el consumo de energía reactiva. Este término no aplica a suministros en baja tensión con potencia contratada de hasta 15 kW.
Los cargos cubren otros costes del sistema eléctrico, como el déficit de tarifa, el suministro en condiciones de igualdad en los territorios extra peninsulares o las primas a las renovables de primera generación.
No necesariamente. Debes adecuar tu consumo al cambio regulatorio en la medida de los posible ya que bien asesorado, podrías evitar que tu tarifa se encarezca.
Abajo, te explicamos en detalle los cambios que aparecerán en tu factura, pero si necesitas ayuda profesional y de calidad, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos sobre la mejor opción para tu negocio.
-
Empresas
-
Luz y Gas
-
Peajes
-
Aviso legal
-
Cookies
-
Política de privacidad
-
Accesibilidad
-
Arbitraje de consumo