Compensación simplificada en autoconsumo; cómo funciona y consideraciones
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La compensación simplificada es un mecanismo establecido por el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, para definir el ahorro en la factura energética de consumidores que tengan una instalación fotovoltaica con excedentes. Se trata de un saldo en términos económicos que se realiza para cada factura mensual, considerando el consumo demandado de la red de electricidad y los kWh que ha vertido la instalación. En este artículo vamos a conocer cómo funciona y algunas consideraciones a tener en cuenta.
¿Cómo funciona?
La compensación simplificada no es la compra, por parte de la compañía eléctrica, de los excedentes energéticos que produce un autoconsumo solar. En lugar de pagarse por ellos, se ofrece una compensación que se lleva a cabo tal y como se explica en el ejemplo siguiente:
Concepto (MENSUAL) | Descripción | Resultado |
---|---|---|
Consumo de 800 kWh (red) | 0,306 €/kWh (precio electricidad Plan Tranquilidad EDP) | 800*0,306= 244,8 € |
Producción solar de 600 kWh | De los cuáles se consumen 300 kWh | Vertido a red: 600 - 300 = 300 kWh |
Excedentes | 0,151 €/kWh precio acordado con EDP | 300 * 0,151 = 45,3 € |
Consumo final | Demandado - excedentes | 244,8 € - 45,3 € = 199,5 € |
En caso de no tener instalación FV | Demanda = 1.100 kWh | 1.100 kWh * 0,306 = 336,6 € |
Diferencia (Sin FV Vs con compensación simplificada) = 336,6 € - 199,5 € = 137,1 € -> 41% de ahorro |
Tabla 1: Ejemplo del mecanismo de compensación simplificado. Elaborado por Andrés Muñoz. (Precios mostrados a modo de ejemplo vigentes en la fecha de creación del post)
Concepto (MENSUAL) | Descripción | Resultado |
---|---|---|
Consumo de 350 kWh (red) | 0,306 €/kWh (precio electricidad Plan Tranquilidad EDP) | 350*0,306= 107,1 € |
Producción solar de 600 kWh | De los cuáles se consumen 300 kWh | Vertido a red: 600 - 300 = 300 kWh |
Excedentes | 0,151 €/kWh precio acordado con EDP | 300 * 0,151 = 45,3 € |
Consumo final | Demandado - excedentes | 107,1 € - 45,3 € = 61,8 € |
En caso de no tener instalación FV | Demanda = 650 kWh | 650 kWh * 0,306 = 198,9 € |
Diferencia (Sin FV Vs con compensación simplificada) = 198,9 € - 61,8 € = 137,1 € -> 69% de ahorro |
Tabla 2: Ejemplo del mecanismo de compensación simplificado. Elaborado por Andrés Muñoz. (Precios mostrados a modo de ejemplo vigentes en la fecha de creación del post)
Por tanto, el mecanismo de compensación simplificada consiste en un saldo en términos económicos de la energía excedentaria horaria de cada consumidor en el periodo de facturación. De este modo, esa energía procedente de la instalación de autoconsumo que no se consume instantáneamente o que no se almacena, se inyecta a la red y, cuando los consumidores necesiten más electricidad de la que proporciona el sistema solar, comprarán (demandando) energía a la red al precio que marque su contrato de suministro.
En esta modalidad podemos encontrar proyectos individuales y/o colectivos con excedentes (es decir, no tienen sistema de almacenamiento) y colectivos sin excedentes (con sistema de almacenamiento).
Requisitos de servicios auxiliares
Para acogerse a ella, la instalación de autoconsumo debe tener una potencia instalada igual o inferior a 100 kW, no tener otorgado un régimen retributivo adicional específico y tener un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo firmado entre productor y consumidor, aunque estos sean el mismo.
Además, las instalaciones que quieran acogerse al mecanismo de compensación simplificada deben estar conectadas en red interior y deberán haber suscrito un contrato de suministro para los servicios auxiliares, que debe ser unificado también para el consumo. Para ello es condición necesaria que tanto consumidor como titular del proyecto sean la misma persona física o jurídica.
En el caso de las instalaciones colectivas con excedentes, los servicios auxiliares de producción no están conectados en red interior, por lo tanto, no es posible unificar los contratos de suministro y consumo y, solo cuando esos servicios auxiliares de producción se puedan considerar despreciables, se podrá interpretar que se cumplen las condiciones de la compensación simplificada.
En este tipo de instalaciones, siempre que la generación se conecte a la red interior de al menos uno de los consumidores asociados, se darán por cumplidos los requisitos y podrán acogerse a la compensación.
También los consumidores asociados a una instalación de autoconsumo colectivo sin excedentes podrán acogerse al mecanismo de compensación. En este caso no es necesaria la existencia de contrato de compensación de excedentes al no existir productor, y es suficiente tener un acuerdo entre todos los consumidores utilizando los criterios de reparto firmado entre todos ellos.
Consideraciones sobre los excedentes
Los excedentes de las instalaciones de autoconsumo colectivo no llegan a la red eléctrica al haber antes un sistema anti vertido que lo evita. Por lo tanto, esa energía “extra” de cada consumidor será asignada a su empresa comercializadora por Red Eléctrica de España (REE, el Operador del Sistema (OS)), a partir de la información que la distribuidora le facilita.
Con esto, la comercializadora podrá asignar el precio medio horario del mercado eléctrico para todos los excedentes que se le asocien y compensará al consumidor según se establece en el RD 244/2019.
Es importante saber que el máximo valor que puede compensarse será el importe de la energía comprada a la red, puesto que en ningún momento el resultado de la compensación podrá ser negativo ni podrá compensar los pagos por peajes de acceso. Es decir, el autoconsumo con compensación no puede resultar en un beneficio económico o ganancia.
Ese valor dependerá del tipo de contrato que tenga el consumidor, ya sea en mercado libre o en PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor):
- En mercado libre: la energía horaria consumida de la red será valorada al precio que figure en el contrato de suministro acordado con la empresa, y la energía horaria excedentaria será valorada al precio horario que se acuerde entre la comercializadora y el consumidor.
- En PVPC: la energía horaria consumida de la red será valorada al coste horario de energía del PVPC en cada hora, y la excedentaria será valorada al precio medio horario (Pmh) que se obtendrá a partir de los resultados del mercado diario e intradiario en cada hora menos el coste de los desvíos (CDSVh).
Además de estos puntos, la compensación simplificada tiene otras limitaciones:
- El valor económico de la energía horaria excedentaria nunca podrá ser superior al valor económico de la energía horaria consumida de la red en el periodo de facturación, algo que implicaría que el consumidor obtuviera una ganancia neta por vender sus excedentes.
- La compensación se realiza siempre dentro del periodo de facturación (máximo un mes).
- Si los consumidores y productores asociados optan por acogerse a este mecanismo de compensación, el productor no podrá participar de otro mecanismo de venta de energía, como por ejemplo aportar a la red a través de participar en el mercado.
- La energía horaria excedentaria de los consumidores acogidos al mecanismo de compensación simplificada no tendrá consideración de energía incorporada al sistema eléctrico de energía y, en consecuencia, estará exenta de satisfacer los peajes de acceso.
- Para la aplicación del mecanismo de compensación simplificada, los consumidores acogidos a dicho mecanismo deberán remitir directamente a la empresa distribuidora, o a través de su comercializadora, el mismo contrato, o en su caso acuerdo, de compensación de excedentes entre todos los sujetos participantes, solicitando la aplicación del mismo.
Importancia de la modalidad
La aparición finalmente de esta opción permite que un proyecto de autoconsumo, especialmente residencial, pueda acelerar el retorno de su inversión de manera sencilla. Al aprovechar la energía que no se consume se reduce el coste de la factura sin necesitar están desconectado de la red eléctrica y sin una burocracia compleja que demore la puesta en marcha del propio proyecto.
La compensación de excedentes en EDP
EDP cuenta con dos planes de compensación simplificada, el Plan Solar y el Plan Tranquilidad, con los que se busca que saques el mayor partido a tu instalación solar con tres precios o uno único para las 24h, según cuál sea el plan que mejor se adapte a ti.
Calcula ahora, en tres minutos, todo lo que puedes ahorrar con una instalación solar:
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