Conceptos clave para los primeros pasos de un autoconsumo colectivo
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El Real Decreto-ley 15/2018 fijó las bases en nuestro país de una “nueva modalidad” más extendida en otros países de Europa; el autoconsumo colectivo. Sin embargo, esta tipología de proyectos no crece al mismo ritmo que otros sectores debido a varios motivos que limitan su crecimiento, de los cuáles podríamos destacar dos. Este artículo pretende arrojar algo de luz para familiarizarse sobre algunos de los conceptos más importantes del autoconsumo colectivo.
Motivos principales que dificultan decantarse por la modalidad
En primer lugar, la falta de conocimiento por parte de la sociedad sobre su regulación, su funcionamiento, sus beneficios e incluso su existencia, lleva a comunidades de vecinos con superficies disponibles para instalar paneles solares a ni siquiera plantearlo.
En segundo, en el caso de comunidades de propietarios, la necesidad de llegar a acuerdos sobre el desarrollo del proyecto supone una verdadera barrera. En este tipo de casos se suelen sumar dificultades como acuerdos con las propiedades en alquiler, la posible falta de interés de algunos vecinos, el desconocimiento antes mencionado, o incluso la idea preconcebida de que su instalación supone un alto coste.
Es por esto y mucho más que el autoconsumo colectivo debe abordar una serie de medidas para su impulso y simplificación. El potencial en España es enorme y juega un papel predominante en la transición energética. A continuación, vamos a ver algunos conceptos muy importantes antes de iniciar la puesta en marcha de un proyecto de esta índole.
1· La referencia catastral
A diferencia de lo que se suele pensar, el autoconsumo colectivo está legislado para que, tanto la instalación fotovoltaica como los vecinos, se encuentren ubicados en una misma referencia catastral según los primeros 14 dígitos.
Además, este hecho no implica que solo se puedan instalar paneles en los tejados de los bloques de vivienda, sino también en urbanizaciones de viviendas unifamiliares, lo que amplía el espectro de actuación de este segmento. En este tipo de casos, una zona común serviría para instalar los paneles que produjeran la electricidad a repartir entre todos los vecinos. Y este es otro de los puntos con más interrogantes, ¿cómo se reparte la energía producida por una instalación que es común?
2· El reparto de la energía
En el momento en el que una comunidad de vecinos se pone de acuerdo para llevar a cabo un proyecto de autoconsumo, entra en escena la decisión de cómo se hará el reparto de la energía producida. Para ello los vecinos deben llegar a un acuerdo que se reflejará en un documento donde se establezca cómo se van a repartir los MWh producidos por la instalación según un coeficiente que la propia comunidad deberá comunicar a la comercializadora eléctrica.
Por norma general, según la inversión destinada por cada uno de los vecinos, se le asignará a cada uno de ellos un coeficiente equivalente a la división entre la cantidad aportada en un inicio entre el coste total del proyecto, de modo que cada vecino reciba una cantidad de energía solar en función a lo que ha desembolsado para la puesta en marcha del proyecto de autoconsumo.
Adicionalmente, el RD 15/2018 establece un reparto variable y dinámico de la energía que permite mejorar significativamente el reparto entre consumidores, en alas de hacer que este proceso sea lo más eficiente y equitativo posible. A través de establecer un sistema de reparto variable u horario, que permite definir de qué manera se debe repartir la generación entre los autoconsumidores asociados en cada hora del día y en cada día del año, las viviendas pueden beneficiarse de la electricidad solar en función de los patrones de consumo de cada uno de ellos. Como ejemplo, si en una comunidad existe un local comercial en la planta baja que en el mes de Agosto está de vacaciones, su coeficiente para esta época podría ser 0 para que los demás vecinos tuvieran un mayor beneficio durante ese mes.
3· La figura del gestor del autoconsumo colectivo
Con el objetivo de evitar la necesidad de recabar la firma individualizada de cada propietario del autoconsumo cuando se necesiten actualizar las condiciones de reparto o cualquier otra gestión, se creó la figura del “gestor de autoconsumo colectivo”. Se trata de una persona que actuará como representante de los consumidores asociados para la interlocución con las compañías distribuidoras y comercializadoras de electricidad.
Este gestor será el encargado, por ejemplo, de representar a los consumidores en procesos de altas y bajas, modificaciones de reparto, dudas o consultas, etc. De esta manera, el gestor del autoconsumo se encargará de emitir el acuerdo de reparto firmado por los consumidores asociados para gestionar las altas o cambios de coeficientes de todos los consumidores.
Esta figura y sus responsabilidades también son definidas por los propietarios del autoconsumo, estableciendo hasta dónde llega exactamente la actividad del gestor, que podrá recaer en alguno de los consumidores asociados, en el productor, en el propietario o en un agente externo al autoconsumo como, por ejemplo, el administrador de fincas.
La puesta en marcha de instalaciones fotovoltaicas en cubiertas de edificios públicos o privados para el autoconsumo supone una gran reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera y un gran ahorro en la factura eléctrica de la sociedad. En un contexto en el que se debe priorizar la producción y el consumo energético sostenible, de proximidad y respetuoso con el medio ambiente, España tiene una gran oportunidad de cambiar su modelo energético a través de las diversas modalidades de autoconsumo, como el colectivo.
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