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Te explicamos todo lo necesario para instalar paneles solares en tu vivienda.
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Una vez que has decidido dar el salto solar con EDP, nuestro equipo de expertos te acompañará durante todo el proceso y hará todo lo posible para descargarte de responsabilidades. A pesar de ello, en algunos casos necesitaremos tu colaboración. Aquí te explicamos en detalle todos los pasos y te damos algunas indicaciones de lo que tienes que hacer tú.
Nos pondremos en contacto contigo por teléfono para darte la bienvenida a EDP Solar, formalizar tu contrato y te informaremos de los próximos pasos que daremos juntos.
Para este proceso es recomendable que tengas a mano el CUPS de tu punto de suministro (puedes encontrarlo en tu factura de la luz, normalmente en la primera página y en la parte superior, junto a otros datos del suministro).
EDP dispone de un equipo de técnicos homologados con cobertura nacional para analizar los detalles técnicos de las instalaciones de nuestros clientes y asegurar que todas las instalaciones que realizamos son seguras y rentables.
Una vez firmes el contrato solar con EDP, contactaremos contigo para concertar una visita en la que nuestro técnico te hará una serie de preguntas sobre tu vivienda y realizará una serie de comprobaciones visuales:
El técnico que acude a la visita presencial no determina si tu instalación es viable. Su rol es recoger información y a posteriori, nuestro departamento de Operaciones e ingeniería realizará el estudio y te notificará si la instalación es viable.
Antes de la instalación realizaremos los trámites necesarios con tu Ayuntamiento para poder realizar tu instalación solar: tramitación de la licencia de obras o declaración responsable y pago del ICIO (Impuesto de construcciones y obras)
Estas gestiones y el plazo para llevarlas a cabo pueden variar significativamente dependiendo de tu ayuntamiento.
El coste de la licencia de obras e ICIO no va incluido en el precio de la instalación. El coste aproximado para una vivienda unifamiliar es de 100 a 200 euros entre ambos conceptos, si bien, dependiendo del ayuntamiento, el ICIO puede encontrarse bonificado hasta en un 95% y pueden existir exenciones en las tasas de licencia de obra.
El importe de las tasas administrativas que pueda aplicar tu ayuntamiento será adelantado por EDP si tu ayuntamiento nos lo permite, ya que en algunas ocasiones el ayuntamiento remite la carta de pago directamente al cliente. Una vez realizada la instalación te haremos llegar una factura con este importe.
Una vez dispongamos los equipos para llevar a cabo tu instalación, nos pondremos en contacto contigo para concertar una cita en tu domicilio y llevar a cabo la instalación.
La instalación es muy sencilla, y se realizará en uno o dos días.
El día de la instalación, los técnicos acordarán contigo los aspectos estéticos de la instalación (por dónde discurrirá el cableado, dónde se emplazan los elementos de la instalación, etc.).
Será necesario que haya alguien en casa durante la instalación. Por lo demás, podrás seguir haciendo tu vida con normalidad. No tendrás cortes de luz y dejaremos tu instalación funcionando y monitorizada por la app de monitorización EDP Solar. ¡Tú ahorro comienza aquí!
Legalmente, es obligatorio registrar todas las instalaciones de autoconsumo ante el organismo competente de tu Comunidad Autónoma.
EDP se encarga de esta tramitación, cuya duración varía significativamente entre Comunidades Autónomas. Este registro de la instalación no conlleva ningún coste adicional para ti (lo asume íntegramente EDP) y cuando se complete te remitiremos por correo electrónico todos los documentos generados por tu instalación solar que te servirán para solicitar la compensación de excedentes con tu comercializadora y la Bonificación en el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) si tu ayuntamiento dispone de ella.
En algunos ayuntamientos, la normativa fiscal establece una bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
Esta bonificación solo puede ser solicitada por la persona propietaria del inmueble en el que se realiza la instalación.
Con la documentación que te habremos entregado, deberás ponerte en contacto con tu Ayuntamiento y consultar cómo realizar este trámite para poder disfrutar de la bonificación.
La ley que regula el autoconsumo establece que, una vez registrada la instalación en la Consejería de Industria, tu Comunidad Autónoma comunicará el alta a tu distribuidora y ésta se lo comunicará a su vez a tu comercializadora eléctrica.
Tu comercializadora eléctrica a partir de ese momento se pondrá en contacto contigo para modificar tu contrato de suministro e incluir la compensación de excedentes. Si tienes un contrato de suministro con una comercializadora en mercado libre, tendrás que acordar un precio de compensación por los excedentes mientras que si tienes un contrato de suministro con una comercializadora de referencia (CoR) a PVPC los excedentes se valoran a precio de mercado descontando desvíos.
Si quieres conseguir más por tus excedentes, puedes pasarte a la energía de EDP en el momento de la firma de tu contrato solar para beneficiarte de nuestras promociones y descuentos.
Con el fin de darte el mejor servicio, tienes disponible un teléfono gratuito atendido por agentes especializados en solar para resolver cualquier duda relacionada con tu instalación solar.
El horario de atención es de L-V de 9 a 19h.
Teléfono de Información EDP: 900 649 101
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